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Archivos del mes: January, 2011

Call Warrant

Call Warrants es una orden a un instrumento de apalancamiento financiero que deriva su valor del valor de un activo subyacente. Cuando se ejerce un Call Warrant puede proporcionar la exposición a los activos subyacentes para una fracción del precio de los títulos subyacentes.

Para obtener una orden Call física reiterada, el titular de la orden tiene el derecho, pero no la obligación de comprar el activo subyacente del emisor a un precio determinado o precio de ejercicio al vencimiento o en cualquier momento durante el mandato de la orden de convocatoria.

Para obtener una orden Call a liquidar en efectivo, el titular puede justificar el ejercicio al vencimiento o en cualquier momento dentro de la tenencia de la orden para recibir un pago en efectivo basado en la diferencia positiva entre el precio del activo subyacente y el Precio de Ejercicio de la orden de convocatoria, ajustado por el ejercicio Relación entre ellos y los gastos incidentales. Es decir, podrá adelantar el dinero si lo necesita.

Como bien dijimos, con los Warrants la compra puede tener lugar en cualquier momento entre la fecha de expedición y la fecha límite se señala en el texto del acuerdo. En la mayoría de situaciones, una orden de Call Warrant es puesta a disposición por una empresa que está tratando de recaudar algún tipo de capital.

Entonces, la primera en llevar a cabo lo que se conoce como una orden de Call, hará que se pueda comprar el activo subyacente. En el caso de querer determinar una venta, se lo denominará como “Put Warrant”.

¿Que es Warrant?

Un Warrant es básicamente un tipo de instrumento financiero derivado que tienen la particularidad de otorgar al comprador el derecho, pero no por ello la obligación, de comprar o vender un activo (al cual se encuentran ligados) denominado subyacente en un valor y fecha determinados, ambos futuros.

Cuando el warrant es de compra, se lo conoce como “call warrant”, y si determina una venta, se lo denominará como “put warrant”.

Es importante conocer que, dentro de su operatoria, y por ser un tipo de opciones, los warrants ofrecen la posibilidad de elegir entre efectuar la transacción o no.

Si se elige la vía de realizar la operación se llama “ejercer” el derecho de warrant.

Como dijimos, los Warrants son similares a los contratos a futuros por opciones, entonces: ¿qué diferencias hay entre los Opciones a Futuro y los Warrants?

  • Plazo de vencimiento: Las opciones tienen un plazo máximo de un año, en cambio, los warrants tienen un plazo variable que puede ser mayor.
  • Liquidez: Los warrants poseen un mayor grado de liquidez.

Algunos elementos característicos de los warrants:

  • Activo subyacente: Es el activo sobre el que se otorga el derecho.
  • Precio de ejercicio: El precio al cual se comprará o venderá.
  • Fecha de ejercicio: Momento en el cual se podrá ejercer el warrant.
  • Prima: El precio que se paga por el warrant. El mismo se encuentra compuesto por:
  1. Valor intrínseco: Diferencia entre el precio del subyacente y el precio de ejercicio.
  2. Valor temporal: Es la valoración del derecho de compra o venta del subyacente, inherente al warrant.

LosWarrants.com es el blog sobre estrategias de inversion en Warrants de Financial Red. De la mano de los analistas de Bolságora, podremos encontrar noticias, actualidad y artículos firmados por Joan Cabrero.

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