Un Warrant es básicamente un tipo de instrumento financiero derivado que tienen la particularidad de otorgar al comprador el derecho, pero no por ello la obligación, de comprar o vender un activo (al cual se encuentran ligados) denominado subyacente en un valor y fecha determinados, ambos futuros.
Cuando el warrant es de compra, se lo conoce como “call warrant”, y si determina una venta, se lo denominará como “put warrant”.
Es importante conocer que, dentro de su operatoria, y por ser un tipo de opciones, los warrants ofrecen la posibilidad de elegir entre efectuar la transacción o no.
Si se elige la vía de realizar la operación se llama “ejercer” el derecho de warrant.
Como dijimos, los Warrants son similares a los contratos a futuros por opciones, entonces: ¿qué diferencias hay entre los Opciones a Futuro y los Warrants?
- Plazo de vencimiento: Las opciones tienen un plazo máximo de un año, en cambio, los warrants tienen un plazo variable que puede ser mayor.
- Liquidez: Los warrants poseen un mayor grado de liquidez.
Algunos elementos característicos de los warrants:
- Activo subyacente: Es el activo sobre el que se otorga el derecho.
- Precio de ejercicio: El precio al cual se comprará o venderá.
- Fecha de ejercicio: Momento en el cual se podrá ejercer el warrant.
- Prima: El precio que se paga por el warrant. El mismo se encuentra compuesto por:
- Valor intrínseco: Diferencia entre el precio del subyacente y el precio de ejercicio.
- Valor temporal: Es la valoración del derecho de compra o venta del subyacente, inherente al warrant.